Un juez del Juzgado de lo Social número 21 de Madrid ha absuelto al médico acusado de la muerte de Samba Martine, la congoleña de 33 años que murió tras pasar 38 días internada en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche.
Samba Martine falleció el 19 de diciembre de 2011 por una infección pulmonar, mortal en personas con VIH. El doctor atendió en dos ocasiones a Samba Martine, que falleció por criptococosis, enfermedad generada por un hongo que afecta de forma destacada a personas inmunodeficientes. La interna acudió a la consulta del Centro de Internamiento de Madrid hasta ocho veces más, pero ninguno de los sanitarios vio necesaria su derivación al hospital.
El Juzgado ha concluido que la asistencia médica proporcionada por el único acusado de la muerte de Samba “fue uno de los factores que provocó” su muerte, pero “no fue el único” ni “el más relevante”, por lo que ha dictaminado su absolución.
El magistrado ha destacado que los fallos detectados en la atención ofrecida por otros sanitarios del centro -entre ellos dos acusados prófugos- y las “deficiencias burocráticas” ligadas a su internamiento tuvieron “un peso importante” en su fallecimiento.
El doctor asistió a Samba Martine el 15 y el 30 de noviembre durante su encierro en el CIE de Madrid y no solicitó ninguna prueba diagnóstica a pesar de sus síntomas gripales persistentes. “No se tiene duda de que el acusado infringió la lex artis pues la existencia” de tos, dolor de cabeza, sibilancias y roncus durante 15 días “en un paciente que no mejora a un primer tratamiento merecía la realización de una radiografía, por lo menos, para descartar una afección de origen pulmonar”, ha señalado Benchimol.
“El hecho además de que ella estuviera ingresada en un CIE, donde las condiciones de salud de los internos suelen ser generalmente deficientes, acrecentaba esta exigencia, tanto para prevenir que el contacto con otros internos agravase su situación, como por la posibilidad de que ella padeciese una enfermedad infecciosa que pudiera afectar al resto”, ha esgrimido.
Las acusaciones popular y particular están estudiando la posibilidad de interponer un recurso contra la sentencia, pues considera es una “cuestión técnica” la que evita una condena contra el único acusado. “El magistrado no tiene duda de que su conducta fue negligente, pues debió haber prescrito una radiografía ante la persistencia de síntomas que no remitían” pero “considera que se trata de una infracción leve de la lex artis, y no la castiga”, han lamentado a través de un comunicado una decena de organizaciones, entre ellas Coordinadora de Barrios, la Plataforma CIEs NO o Pueblos Unidos.