La Plataforma vecinal Cornado Mina Non valora que la “restauración” prometida por el programa “TERRAS” de Cobre San Rafael tan solo cubrirá un mínimo porcentaje del área realmente perjudicada por la antigua explotación de cobre.
Desde la entidad se apunta que hay que recordar que, en realidad, no solo están afectados cursos fluviales como el del río Portapego o el Brandelos sino que también “otros muchos ríos y docenas de arroyos sufren el impacto negativo de los arrastre de metales pesados procedentes de la mina” que abarcan “una extensa área de muchos kilómetros cuadrados de superficie de suelos” que están “profusamente contaminados”.
Por eso consideran que el anuncio de que la empresa asume este proyecto “como parte de su compromiso con el entorno y como una apuesta por la sostenibilidad” se sigue quedando en “puro humo” ante la presencia de miles de toneladas de lodos tóxicos en un problema provocado “por décadas de ilegalidad y dejación de funciones desde el cierre de la explotación en 1988”. Es así que “ante semejantes circunstancias” la supuesta “restauración” de aguas anunciada por Cobre San Rafael, si no se tratan los suelos de toda la zona afectada por la contaminación por metales pesados procedentes de la actividad minera no es más que “un parche propagandístico que no soluciona en absoluto la gravísima problemática que sufre la comarca de Arzúa debido a los muchos impactos negativos de la minería metálica”.
SATISFACCIÓN POR EL NUEVO RECHAZO DE LA XUNTA DE GALICIA AL PROYECTO DE REAPERTURA DE LA MINA DE TOURO
Por otra parte el colectivo vecinal celebra “el nuevo golpe a las pretensiones de la minera” al desestimar el recurso de reposición presentado por Cobre San Rafael frente a la resolución negativa de su proyecto de reapertura de la mina de Touro presentado ante la Dirección Xeral de Enerxía e Minas en el 2017.
Para Cornado Mina Non esta nueva actuación de la Administración gallega “certifica la inviabilidad ambiental del proyecto minero ratificada en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) negativa emitida oficialmente en su momento dando la razón a la ciudadanía, que masivamente ha mostrado su oposición al plan extractivo de Atalaya Mining y su filial, también coparticipada por Explotaciones Gallegas”.
LA AUTORIDAD MUNICIPAL CERTIFICA LAS ACTUACIONES DE TEN S.L. AL MARGEN DE LA LEGALIDAD
Para finalizar, las vecinas y vecinos muestran su rechazo a las actuaciones de la empresa Tratamientos Ecológicos del Noroeste S.L., vinculada a la mercantil Explotaciones Gallegas -propietaria de los terrenos de la mina de Touro- pues “a raíz del pleno municipal celebrado el 18 de marzo en el Ayuntamiento de Touro se ha acreditado que tras la inspección por parte de la Administración local en la actualidad la planta de TEN S.L. se encuentra en una situación de ilegalidad urbanística al constatarse que parte de sus instalaciones siguen careciendo de la preceptiva licencia de operación”.
“Esta situación irregular ha llevado al Ayuntamiento a incoar expediente de reposición de legalidad urbanística (código 2022/G003/000029) y fuerza a la Dirección Xeral de Calidade Ambiental, Sostibilidade e Cambio Climático, órgano competente en la autorización ambiental integrada bajo la que opera TEN S.L., a actuar y adoptar medidas cautelares para que la mercantil deje de operar al margen de la legalidad” -explican desde la plataforma-.
“Es en estas circunstancias -detalla el colectivo- como TEN -con unas instalaciones que muchas vecinas y vecinos de la comarca de Arzúa califican como ‘el mayor váter de Galicia’ por los perjuicios causados a la población con sus continuos malos olores y emisiones contaminantes al tratarse según sus propios datos como el ‘mayor gestor’ de lodos de depuradora-, está tramitando la renovación y modificación de una autorización ambiental integrada que pretende duplicar en la práctica su capacidad de recepción de residuos” -explica la entidad vecinal-.
Sin embargo, para la plataforma, el decreto que confirma la situación de ilegalidad urbanística operativa es incompatible con las autorizaciones por parte del órgano de control ambiental dado que la Ley 6/21, de residuos y suelos contaminados de Galicia en su artículo 33 (Causas de denegación de la solicitud de autorización) confirma que esta no es posible “cuando las instalaciones no hayan sido ejecutadas de acuerdo con los proyectos técnicos presentados”.