ASJUBI40
La asociación “JUBILACION ANTICIPADA SIN PENALIZAR” (ASJUBI40) cuenta con más de 10.000 personas asociadas en todo el territorio nacional y más de 420.000 firmas de apoyo a nuestra reivindicación, tendente a eliminar la arbitrariedad y discriminación de los coeficientes reductores en el cálculo de la pensión, para todas aquellas personas jubiladas de forma anticipada que hayan cotizado 40 o más años, perpetuados en los artículos 207.2 y 208.2 de la Ley 8/2015, que establecen la aplicación de coeficientes reductores que se aplicarán al importe de la pensión por cada trimestre o fracción que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación.
Continuando la senda del activismo conseguimos, en algún caso junto a la asociación CONFEDETEL, que hayan sido aprobadas 11 Proposiciones no de Ley (PNLS) en los Parlamentos autonómicos de Andalucía; Islas Baleares; Aragón; Asturias; Castilla y León; Galicia; Murcia; Madrid; Cantabria; País Vasco y Comunidad Valenciana, tendentes a eliminar estos coeficientes reductores.
La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Senado, con fecha del 18/10/2018 aprobó la moción expediente 661/001065 referida a excluir de aplicar los coeficientes reductores de la pensión cuando se acrediten 40 años de cotizaciones efectivas.
La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Congreso de los Diputados, aprobó en su sesión del día 26/09/2018 la P.N.L. relativa a dignificar las pensiones de aquellos jubilados anticipados con largas carreras de cotización.
Presentamos el 16 de septiembre una PETICION en el Congreso de los Diputados, para que SUPRIMAN los artículos 207.2 y 208.2 de la Ley 8/2015, por ser la aplicación de los coeficientes reductores de la pensión recogidos en ellos, una arbitrariedad legislativa y discriminatoria a un colectivo vulnerable, que está siendo secundada por miles de afectados remitiendo al Congreso escritos de adhesión individual a esta Petición colectiva.
Comunicamos que hemos dirigido a los líderes del PSOE, PP, CD’s y UP., un escrito certificado para saber cuál es la postura que mantendrán al respecto y de cuya respuesta o falta de ella trasladaremos a nuestro colectivo de afectados por los coeficientes reductores, para tanto ellos como sus familias conozcan antes de las próximas elecciones del 10-N, la posición de los responsables políticos candidatos a ser Presidente del Gobierno antes de las mismas.
La Carta enviada a todos los candidatos:
“Nos dirigimos a usted en su condición de candidato a Presidente del Gobierno de España en las próximas elecciones del 10-N, para trasladarle una sola pregunta a la cual le solicitamos nos responda con claridad meridiana a la misma. Por ello nos atrevemos a proponer, que la respuesta sea también lo más sencilla, incluso un SI o NO. Por nuestra parte decirle, que la falta de respuesta a esta pregunta la entenderíamos como una respuesta negativa, ya sea por puro desinterés o porque realmente es contrario a la misma.
Nuestra asociación representa a un colectivo vulnerable de la sociedad civil.
La ley considera que 36 años y 9 meses cotizados son suficientes para cobrar el 100% de la pensión, pero se penaliza, con hasta un 32% de la pensión, a personas con bastantes más años cotizados de los que establece la Ley. A todas luces se trata de una arbitrariedad, un agravio comparativo, falta de equidad y una injusticia social para con un colectivo que, en su mayor parte, comenzó a trabajar a la temprana edad de 14 o 15 años, que normalmente han perdido su trabajo poco antes de la edad de jubilación por leyes permisivas.
ASJUBI40 tiene como único objetivo la de suprimir los artículos 207.2 y 208.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS) aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, para todos aquellos trabajadores cuyas cotizaciones sean de 40 años o más, que regulan la jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador y Jubilación anticipada por voluntad del interesado respectivamente, pues ambos artículos en su apartado 2 establecen la aplicación de coeficientes reductores que se aplicarán al importe de la pensión por cada trimestre o fracción que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación.
Queremos eliminar la arbitrariedad y la discriminación perpetuadas en el texto refundido del R.D.L. 8/2015 en los artículos 207.2 y 208.2. y se levante el castigo de por vida, que supone esta aberración legislativa y se haga con carácter retroactivo para compensar a quienes ya han sufrido su aplicación.
Porque se ha roto, un principio fundamental del sistema español de pensiones públicas: el de contributividad. Es decir, el que impone que exista un vínculo entre lo cotizado y lo cobrado. Si se rompe este principio, el sistema dejaría de ser contributivo para pasar a ser asistencial. Es decir, una alteración que perjudica a los afectados que ven cómo se quiebra la proporción entre lo cotizado y lo que acaban cobrando.
Porque se han reducido vitaliciamente la pensión contributiva anticipada voluntaria e involuntaria de los trabajadores y parados con largas carreras laborales.
Solo queremos una respuesta positiva y clara, ¿va usted a eliminar los artículos 207.2 y 208.2 del R.D.L. 8/2015 para todos aquellos trabajadores cuyas cotizaciones sean de 40 años o más?, de su respuesta daremos cumplida información a nuestros asociados y afectados por estos coeficientes reductores para su conocimiento y efecto en las próximas elecciones”.
yo 44 años ,11 meses y 20 dias reconocidos 40 años reduccion el 32% mas desde que tenia seis años de vaquero florista criado etc hy varias empresas que no han cotizado
40 AÑOS DE COTIZACIÓN, SON MÁS QUE SUFICIENTES, PARA QUE SE JUBILASE A CUALQUIER TRABAJAD@R.,,,,,,,, PERO ESO SÍ, LOS POLÍTICOS DE ESTE PAÍS, CON 7 AÑOS EN EL PODER, YA TIENEN SUFICIENTE…………..ES DE VERGÜENZA !!!!!!!
COMO PUEDO DER MIEMBRO DE LA ASOCIACION
TENGO 58 AÑ0S CON 42 AÑOS COTIZ HASTA LOS 61ADOS Y COBRANDO 430 €
Estoy en la misma sitaución a punto de rebasar los 40 años cotizados y con 60 años de edad. Sería interesante saber qué responden los partidos políticos a esta carta para tomar las decisiones oportunas.
Espero que la Asociación informe sobre ello.
Como puedo ser miembro? Cumplo 61 en agosto 2020 y tendré 43 años cotizados. No puedo más. Cada vez me hace menos efecto la medicación.
Estoy interesado en asociarme en ASJUBI40 y prestar mi colaboración.
¿Dónde debo dirigirme?