El Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid ha condenado a la exdirigente de Vox Cristina Seguí a indemnizar al exministro de Transportes José Luis Ábalos con más de 6.000 euros “en concepto de indemnización por los daños morales causados” al publicar expresiones contra él “realmente graves” y “descalificadoras” en su cuenta de Twitter y no amparadas por la libertad de expresión.

“Es difícil estar más podrido que el barrilete @abalosmeco. El producto mediocre y moralmente tarado resultado de 40 y pico años lamiendo nalgas en el aparato de partido, sindicatos y entidades separatistas en Valencia. Un engendro”.

“A finales de los años 90, y hasta la llegada de Sánchez, @abalosmeco era una mascota de partido de la que todos se reían” o “Se podría decir que lo más limpio que @abalosmeco hizo en su vida fue el petting barajeño con la chimpancé número 2 de @NicolásMaduro”, son algunos de los tuits que cita el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid en su sentencia condenatoria.

Cristina Seguí, condenada a pagar 6.000 euros a Ábalos por insultarle y difamarle en su cuenta de Twitter
Cristina Seguí, condenada a pagar 6.000 euros a Ábalos por insultarle y difamarle en su cuenta de Twitter

La sentencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, da por probada “la existencia de la intromisión ilegítima en el derecho al honor” de Ábalos, un hecho por el que se condena a Seguí a que “difunda en las redes sociales” el “encabezamiento y fallo de la presente sentencia, una vez adquirida firmeza y dentro de los cinco días posteriores”, a que “suprima de su cuenta de Twitter” los mensajes por los que ha sido condenada, y a que “se abstenga de realizar actuaciones semejantes”.

Los magistrados consideran que la exdirigente de Vox “utiliza reiteradamente expresiones vejatorias” para referirse a Ábalos, unas expresiones que no pueden en ningún caso estar amparados bajo el paraguas de la libertad de expresión, ya que la Constitución “no reconoce en modo alguno un pretendido derecho al insulto”.

El juzgado entiende que Seguí “se excede en el derecho a la libertad de expresión al no limitarse a una formación de la opinión pública con asuntos de interés general”, sino que vulnera el derecho al honor del exministro con “expresiones y comentarios vejatorios e insultantes”.

Además, dichas expresiones vejatorias “han sido vertidas (…) con una evidente trascendencia pública y lejos del acaloramiento de un debate, sino de forma reflexiva y en la tranquilidad de su cuenta de Twitter donde encuentra respaldo de la mayor parte de los seguidores que se pronuncian al respecto”, razona la magistrada María Isabel Maroto Cuenca.

“Todas estas expresiones de contenido íntimo y sexual del demandado, como ha declarado él mismo en el acto del juicio, han sido las que más han afectado a su honor al ser vertidas en un medio de acceso público y extraerse de su lectura un ánimo claramente difamatorio y vejatorio, ocasionándole problemas familiares, repercutiendo en su vida cotidiana y relaciones sociales. Todo lo anterior ilustrado, a mayor abundamiento, con fotos y videos del demandado que permite una rápida identificación del destinatario”, sentencia la jueza.

Ábalos pedía 40.000 euros de indemnización y el juzgado ha decidido dejarlo en 6.000 euros además de la condena en costas para Seguí.

2 Comentarios

  1. “What is new, Pussycat?”… “vox” no es ni siquiera original en su nombre… ¡pretenden que se les identifique como “vox populi”!… y eso es algo que los primeros en no creerlo son ellos, porque todo lo que les huele a pueblo les da asco…

  2. “What is new, Pussycat?”… “vox” no es ni siquiera original en su nombre… ¡pretenden que se les identifique como “vox populi”!… y eso es algo que los primeros en no creerlo son ellos, porque todo lo que les huele a pueblo les da asco…

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