La Asociación Libre de Abogados y Abogadas (ALA) ha denunciado ante el Consejo General de la Abogacía Española a once asociaciones y despachos de abogados por crear supuestas plataformas de afectados por el Covid-19 para hacer negocio ofreciendo sus servicios.

Según ha publicado Infolibre, la ALA presentó la denuncia el pasado viernes 24 de abril contra estas entidades por captar clientes mediante “publicidad fraudulenta” e incluso “camuflándose” como asociaciones, saltándose supuestamente sus obligaciones deontológicas. La asociación advierte de que se han ido creando diferentes entidades “que se dicen formadas por afectados por la pandemia” y que ofertan servicios jurídicos, vulnerando “nuestros códigos deontológicos”.

Las asociaciones denunciadas son la Asociación de Afectados por el Coronavirus (Asacovid), cuyo presidente es José Manuel Hita García de Marina de Aliter Abogados y que ofrece asesoramiento legal y económico; la Asociación Española de Afectados por el Coronavirus, del Grupo Médico Jurídico Durango; Plataforma de Víctimas del Coronavirus Covid, tras la cual está el despacho Navarro&Larriba, según la denuncia; y la Plataforma Solidaria Afectados Coronavirus, formada por un grupo de abogados y con base en Jerez de la Frontera.

También están incluidas en la denuncia la Plataforma de Abogados en Defensa de Afectados por el Coronavirus, que ALA atribuye al abogado Gerardo Manuel Vázquez, portavoz de la Asociación Abusos Urbanísticos Andalucía No; la Plataforma de Afectados por la Gestión de la Crisis del Covid-19, del despacho Martín Herreros; la Asociación Juristas contra el Ruido, cuyo portavoz es el abogado Joaquín José Herrera del Rey; y la Plataforma Afectados Coronavirus; además de los despachos Ontier y Quercus&Superbia y al abogado José Ignacio Sánchez Rubio.

La denuncia indica que el Código Deontológico de la Abogacia, en su artículo 6, impide “la oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos […], en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días”.

De igual forma, el artículo 8 del Estatuto de la Víctima también limita que procuradores y abogados puedan dirigirse a afectados por “catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas” hasta pasados 45 días. Según ha indicado la presidenta de la ALA, Ángeles Chinarro, en declaraciones a Infolibre “se trata de preservar el duelo, de permitir a la víctima tomar decisiones libres y racionales. No se puede aprovechar el momento en que la víctima es más vulnerable”.

La ALA también ha solicitado en su denuncia que se abra un expediente disciplinario a los despachos por dicha “publicidad fraudulenta” y se les requiera su cese “de manera inmediata”, además de pedir que se investigue “la identidad de los despachos que se encuentran tras la presunta ilícita publicidad”. Chinarro ha indicado que ofertan los servicios bajo “una falsa apariencia de gratuidad”. “El reclamo es ese precisamente, que es gratuito. Pero en el momento en que haya que mover un papel, te presentan la minuta”, ha señalado.

Fuente: Facua.

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