Cynthia Duque Ordoñez

Hoy, seis de marzo de 2018, tengo el placer de hablar sobre la desigualdad que nosotras, como mujeres, vivimos en el mercado de trabajo, así como hacer un llamamiento a todas las mujeres para que el próximo jueves 8M paremos en nuestros empleos, paremos los cuidados, paremos el consumo, paremos los estudios.

Una huelga de 24 horas con la finalidad de parar la economía y presionar a los agentes sociales y políticos a revertir la revertir la violencia patriarcal, obligarlos a salir de su núcleo de confort heteropatriarcal y a que legislen para erradicar los roles de género con los que nos incorporamos al empleo, de modo que podamos realizar nuestros proyectos de vida y por tanto podamos ser felices.

¡No somos una minoria o un colectivo en riesgo de exclusión, somos la mitad de la sociedad, suborninadas por nuestro sexo!

Trabajar es una actividad humana básica e imprescindible, que coniste en crear riqueza, dar sentido a la vida, relacionarse con lo que esta dentro y fuera de una o uno y conseguir los medios para poder vivir dignamente.

El capitalismo introdujo el binomio trabajo productivo – trabajo reproductivo, como manera de entender la división sexual del trabajo. Nos permite comprender como el capitalismo se nutre de nuestro esfuerzo invisible y explica la ausencia de la mayor parte de los hombres en el sostenimiento de la vida.

La discriminación por razón de género presenta manifestaciones particulares en el ámbito del Derecho del trabajo. Un ámbito en el cual, debido a la existencia de roles culturales y prejuicios ideológicos, las circunstancias a las que se enfrentan las mujeres hace aun más difícil una efectiva igualdad de oportunidades. Las diferencias de oportunidades en el trabajo se manifiestan en tres planos de la relación de trabajo:

a) En el acceso al empelo, con serias desventajas incluso con altos niveles de formación.
b) En las condiciones de permanencia en el mercado de trabajo, especialmente por seguir enfrentando a las mujeres mayoritariamente las responsabilidades del hogar y la familia y debido a la persistencia de la brecha salarial por trabajo de igual valor.
c) La promoción profesional a puestos de especial responsabilidad o que requieren capacidades de liderazgo, lo que responde a sofisticados sistemas y filtros de selección de selección/exlusión de las mujeres o “techo de cristal”.

Un ejemplo de techo de cristal sería la no promoción de una graduada en fianazas dentro de una empresa dedicada a la inversión en base a que las “mujeres no son valienten o no arriesgan”‘.  El criterio de selección sería discriminatorio y por tanto, sería un criterio de exclusión.

Lograr la emancipación de de las mujeres requiere de autonomía, en particular autonomía física, económica y política. Las mujeres han accedido al empleo, desde su inicial incorporación al trabajo “productivo” con su impronta de género. La presencia de mujeres en los servicios de cuidado no retribuidos sirve de catalizador por parte de ellas para evitar gastos a sus familias, pero frenan su acceso al mercado de trabajo; dentro de éste, su alta participación en la economía informal, el trabajo precario y en puestos de trabajo de baja retribución continúan siendo una constante y las colocan en los segmentos en los segmentos laborales y sociales próximos a la pobreza.

Cuando se dificulta el acceso de la mujer al empleo, entre otros motivos, por reducir su rol social a la necesidad de atender el hogar, familia, enfermos, discapacitados, ancianos, etc., es indudable que se están mermando sus posibilidades reales de emancipación, autonomía e independencia. Así mismo, cuando la realización del trabajo mantiene a las mujeres en una situación de pobreza y exclusión social, se les cercenan posibilidades de acceso a aquellos servicios de bienestar que conllevan un coste económico que no pueden asumir.

Las medidas de conciliación de los años 90, introducidas como una acción incardinada dentro del principio de igualdad de oportunidades, han postulado básicamente no otra cosa que el regreso al hogar, con permisos y licencias para facilitar la conciliación, con lo cual no se ha alterado en lo más mínimo el contrato social de base que adjudica a las mujeres ese rol tradicional.

El desempeño de ambas actividades bajo esta estructura se ha denominado “doble jornada”, “doble presencia” o también “jornada interminable” en referencia a un supuesto de doble trabajo, caracterizado por la ausencia de varones en las actividades domesticas.
La conciliación reproduce los esquemas de la división sexual del trabajo y continua discriminando a las mujeres del ámbito de lo publico, lo que genera desigualdad en el acceso a los recursos en la libertad de realización de los propios proyectos y en la capacidad de hacerlos efectivos.
Si verdaderamente se pretende acometer una nueva orientación sobre la dualidad del trabajo/familia que al mismo tiempo combata estereotipos tradicionales y permita avanzar en igualdad, hay que introducir medidas diferentes con una orientación distinta, inclusiva e igualitaria, basada en el concepto de “corresponsabilidad” entre hombres y mujeres. La corresponsabilidad consiste en que todos los miembros de la familia independientemente de su género contribuyan al sostenimiento de la vida,  cuidados y gestión del hogar, al tiempo que también sean responsables de sus obligaciones profesionales.

El objetivo no ha de ser la incorporación de la mujer a empleos precarios, sino de transformar la dinámica de los mercados laborales, a fin de que funcionen adecuadamente tanto para hombres como para mujeres y beneficien a la sociedad en su conjunto; se requieren cambios profundos en las instituciones económicas y sociales en todos los niveles, mediante una mayor implicación de los poderes públicos y agentes económicos y sociales. En particular, en el ámbito de la edificación de las nuevas generaciones, erradicando roles de subordinación femenina que ofrecen una imagen degradada de la dignidad y el talento de las mujeres, así como de las facultades que le son inherentes y que pueden aportar al mundo.

Formas de romper con los estereotipos culturales asociados al género.

Los países nórdicos nos llevan décadas de ventaja en este aspecto. Me centraré en dos de ellos.

Islandia ha sido tradicionalmente un Estado muy comprometido en materia de igualdad, recientemente ha entrado en vigor una nueva ley (1-1-2018) para eliminar la brecha de género en los ingresos percibidos en el trabajo. Esta ley exige a las empresas de más de 25 trabajadores demostrar que sus empleados cobran exactamente lo mismo por el mismo trabajo realizado, independientemente de su género, etnia, sexualidad o nacionalidad.

En España tanto artículos de la CE (art.9.2 y 14) como del ET (art.22 y 24) aseguran la promoción de la igualdad por agentes económicos y Poderes Públicos (igualdad salarial, definición de grupo profesional o promoción interna, entre otras) y prohíben y sancionan la discriminación: sin embargo, existen pocos inspectores de trabajo para hacerlo cumplir y no muchas mujeres denuncian por miedo a perder su puesto de trabajo. La diferencia entre ambas legislaciones la encontramos en la presunción de licitud de un contrato de trabajo.

Modelo de igualdad sueco.
La política familiar sueca se concibe como una política social de ayuda a los distintos miembros que componen una familia y como uno de los pilares fundamentales del llamado Estado de Bienestar socialdemócrata.

Supone que se ofrecen unos servicios de calidad y prestaciones a todos por igual estando su financiación asegurada a través de la vía impositiva; la viabilidad de este modelo reside en el fuerte compromiso de colaboración por parte de toda la ciudadanía y además a un alto nivel.

La política familiar sueca se presenta como “una política de prevención y de integración social, que tiene como objetivo primero la protección del niño, con independencia de las relaciones que unan a sus padres; política que tiene como principales objetivos la prevención de la pobreza y la exclusión social de toda su ciudadanía”.

Para alcanzar sus objetivos, esta política familiar se sustenta en una política activa en materia de empleo como forma de lograr el bienestar y la protección de todos sus ciudadanos.

Esta filosofía del bienestar se sustenta en dos principios fundamentales: el principio de la solidaridad, desarrollando para ello una amplia estructura de transferencias sociales, junto con el principio de igualdad entre mujeres y hombres, aplicando para ello y de una forma creciente, medidas que permitan la articulación entre la vida familiar y la vida laboral.

A mediados de los años sesenta el Estado sueco establece las líneas prioritarias de actuación de los poderes públicos en materia familiar, que serán la referencia para un desarrollo futuro.

La política familiar se basa en:

a) El trabajo, que junto con el cuidado y la atención de los hijos, forman parte de los derechos y deberes de toda la ciudadanía. Dentro de un contexto de igualdad de derechos y obligaciones, todos los individuos autónomos son responsables de sus compromisos profesionales y familiares. De esta forma la atención a los hijos no se plantea en términos de conciliación entre la vida familiar y profesional ni tampoco en términos de los derechos de la mujer; sino que debe enmarcarse dentro de la individualización de la sociedad y la integración plena de la mujer en la ciudadanía.

b) La infancia, que dentro de este contexto, se considera parte de esa ciudadanía que y aunque no puede realizar deberes, tiene unos derechos: derecho al bienestar, a la educación y a ser atendida y cuidada; dentro de este contexto el Estado se comprometerá a desarrollar un servicio público, universal y de calidad para poder atender y cuidar a la infancia y orientada a equiparar e igualar los niveles de educación.

El Estado se implica de forma activa; para ello en primer lugar hay que procurar un empleo a toda persona adulta, asegurando a través de un sistema de incentivos que las mujeres entren en el mercado de trabajo y, en segundo lugar, compensando financieramente la pérdida de renta que soportan tanto los hombres como las mujeres para atender las necesidades que tienen como padres.

La política familiar sueca se basa en una división del trabajo entre el Estado y la familia, necesaria para alcanzar sus objetivos.

Estructura e instrumentos de política familiar.

La política familiar sueca que se identifica por sus tres pilares básicos: las prestaciones familiares o para la infancia, los permisos parentales y los servicios de cuidados y atención a la infancia.

Mientras que la primera medida se considera como un importante instrumento de ayuda al sostenimiento de las rentas de la familia, las dos últimas son de vital importancia para facilitar que padres y madres puedan repartirse de forma equitativa sus tareas laborales y familiares.

1º. Prestaciones familiares o la infancia.

La infancia es el centro de actuación, y tiene como objetivo su mantenimiento y sostenimiento económico. No existen medidas de carácter fiscal (del tipo de desgravaciones o de beneficios fiscales) que sostengan ni a la familia ni a sus miembros. Se asignan de forma universal, siguiendo una lógica de redistribución horizontal, con el objetivo de igualar las condiciones de vida de las familias (en especial de las mujeres) que tienen hijos con las familias que no tienen, y de otorgar una posibilidad económica a aquellas personas que quieran tener hijos garantizando un determinado nivel de desarrollo y de bienestar, con independencia del hogar donde se haya nacido puesto que el fin último de este subsidio son los menores y no las personas adultas que les cuidan.

Esta prestación a la infancia, que la recibe la madre al mes del nacimiento, intenta ser un soporte para toda la infancia con independencia de la renta que posean sus padres.
Esta es la razón de que su importe no aumente ni descienda ni con la edad ni con el nivel de renta familiar, aunque se aplica un suplemento –de carácter coyuntural- en función del rango que posea el menor objeto de dicha prestación.

2º. Permisos parentales.

Permite incorporar en las políticas familiares el objetivo de igualdad entre hombres y mujeres cuando deciden cuidar y atender a sus hijos, siendo un derecho individualizado y no transferible entre los dos padres. Ofrecen amplias posibilidades para disfrutarlo y además procuran una generosa renta de reemplazamiento que se establece en función del salario anterior.

Estos permisos (que en Suecia se denominan seguros parentales) persiguen 4 objetivos:

  •  A corto plazo, representa un sostén financiero para las parejas que acaban de tener un hijo puesto que el seguro parental reemplaza a su antiguo salario.
  • Un sostén financiero a largo plazo puesto que se les garantiza a cada uno de los padres el retorno al mercado de trabajo después del permiso.
  • La igualdad entre los dos padres frente a las responsabilidades familiares.
  • El bienestar o el interés del niño, que tiene derecho a un contacto privilegiado con sus dos padres.

Este permiso parental no ha dejado de evolucionar, conociendo varias reformas y ampliaciones tanto en su duración como en su cuantía; así de una duración inicial de seis meses con una remuneración que representaba el 90% del salario hemos pasado hasta los 16 meses (480 días) de duración que tiene en la actualidad8 con una prestación del 80% del salario (hasta un tipo máximo establecido) los 390 primeros días, mientras que los 90 días últimos se remuneran según una cuantía fija garantizada igual para todos.

3º. Estructuras de atención a la infancia

El cuidado y la atención a la infancia en centros especializados es un elemento esencial de la política de bienestar sueca. Estas estructuras responden a un doble objetivo: proteger mejor a la infancia y proveerla de bienestar además de facilitar el acceso al mercado de trabajo de sus padres. Las guarderías están pensadas para socializar a la infancia mayor al menos de un año, permitiéndoles desarrollar y estimular su aprendizaje.

Estos servicios están altamente desarrollados para atender las necesidades de toda la infancia, no solo las que surgen antes de la escolarización obligatoria (que es a los seis años), sino también para atender aquellas que se originan una vez escolarizados, fundamentalmente las motivadas por la incompatibilidad existente entre el horario escolar y el horario del trabajo de los padres. Una característica de estos centros de atención a la infancia es que se rigen por el principio de la universalidad, estando subvencionadas por el sector público aunque estén gestionadas desde los municipios.

Suecia posee una larga tradición en guarderías y jardines de infancia, en los años 30 tuvieron un papel muy activo en la erradicación de la pobreza infantil, pero con la incorporación masiva de la mujer al mundo del trabajo en los años sesenta, es cuando se percibe la necesidad de desarrollar y aumentar los servicios ofreciendo y además que sea de calidad.

La estructura actual de los centros públicos está pensada para acoger y atender a toda la infancia de menos de seis años que aún no se encuentra escolarizada y además, aquellas actividades escolares y extraescolares que se realizan antes y después de las horas lectivas, para los niños de edades comprendidas entre los 7 y 12 años, que ya están escolarizados.

No hay que abordar el modelo sueco desde una visión reduccionista en donde el problema queda limitado a una simple cuestión de conciliación para hacer más fácil la vida laboral de las madres; el modelo sueco hay que encuadrarlo en un marco político mucho más amplio que, después de cuatro décadas, insiste en la doble responsabilidad de cada persona ante el empleo y ante las cargas familiares; es un modelo comprometido con el “care”, situándolo en el centro de las preocupaciones y de las políticas públicas, y además es consciente de la dificultad que conlleva introducirlo en los derechos y deberes de la ciudadanía.

La particularidad sueca es que va más allá del simple tratamiento neutro de género, fomentando activamente a que los hombres asuman el trabajo de los cuidados de la infancia”.
Aumento de la participación estatal en la vida de los ciudadanos mediante un derecho tuitivo o proteccionista.

El camino que nos queda por recorrer hacia la completa paridad es arduo, pues el patriarcado lleva en nuestra sociedad más de 2000 años, sin embargo, es ahora o nunca, no podemos condenar a ser discriminadas e infelices a las próximas generaciones con nuestro silencio y aquiescencia. El jueves 8 de marzo vamos a romper el pacto sexual sobre nuestros cuerpos sellados por los hombres, a través de una revolución consistente en querer ser mujeres y hombres más allá del patriarcado.

Solamente los ciudadanos felices construyen sociedades mejores y ás justas.

 

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