Cynthia Duque Ordoñez

Impunidad con fecha de caducidad

La Sala de lo Contencioso-Administrativo falla el día 11 de diciembre contra la Administración española en su gestión del asesinato de José Couso a manos del ejército norteamericano, al no prestar ayuda diplomática a la familia del cámara fallecido en acto de servicio, retransmitiendo al mundo los horrores y crímenes cometidos por los invasores ejércitos occidentales a manos de su teleobjetivo. Condena al Estado a la indemnización de los daños patrimoniales a la familia de Couso por dejación de funciones, que vulneró la defensa al derecho a la vida y el ejercicio de la libertad de información, con casi 182.000 euros.

En una de las agresiones a civiles durante la invasión de Irak del ejército de EE.UU fue asesinado el reportero gráfico José Couso en 2003 a causa del disparo de un proyectil de 120 milímetros contra el Hotel Palestine de Bagdad en el que se alojaba junto a otros corresponsales de la prensa internacional. A día de hoy su asesinato está impune, los militares que llevaron a cabo el ataque no han sido investigados por sus actos en su país ni tampoco se permitió por el gobierno norteamericano que fueran juzgados en España. La reforma de la justicia universal cierra en falso la herida al impedir que los jueces españoles puedan investigar los delitos cometidos contra españoles fuera de nuestro territorio o investigar delitos de lesa humanidad cometidos en otras partes del mundo por personas sin la nacionalidad española como por ejemplo el genocidio del Tíbet.

La Administración española “se limitó a recibir y aceptar las explicaciones ofrecidas por EE.UU”, de acuerdo con una actitud vasalla que nuestro Estado ha mantenido con EE.UU desde tiempos franquistas[1]. La Sala no tiene competencia material para enjuiciar la ilegalidad del ataque -gracias a una reforma de la jurisdicción universal finamente tejida durante el gobierno de Mariano Rajoy-, sin embargo, advierte una dejación en sus funciones al no realizar gestión alguna que permita a la familia de Couso proseguir con el procedimiento judicial en EE.UU pese a reiteradas peticiones de distintos grupos parlamentarios en dicho sentido.

Los magistrados recuerdan que los periodistas ubicados en el hotel no podían ser confundidos con tiradores o insurgentes, ya que el carro de combate, que abrió fuego contra el Hotel Palestine, contaba con tecnología capaz de visualizar a las personas que se encontraban en el interior del hotel y los objetos que éstos portaban. La muerte de Couso se produjo en unas circunstancias que “constituyen un ilícito internacional”, y por ende, “la Administración española estaba obligada a desenvolver la actividad necesaria para promover ante el Estado infractor la reparación del daño de modo ilícito, lo que no hizo ni en los mementos subsiguientes al fallecimiento ni hasta la fecha.”

Las explicaciones norteamericanas se circunscribieron a justificar el ataque militar al Hotel Palestina y calificar de accidente la muerte del periodista. ¿Cómo un ataque armado contra un hotel en el que solamente y de forma conocida se alojan periodistas internacionales puede ser un accidente? Sólo una mente perversa e hipócrita llamaría accidente al abrir fuego contra la prensa internacional. Fue un ataque certero a la conciencia de los medios que correctamente dudaban de los motivos de la invasión de Irak con el objetivo obligar a salir a la prensa internacional del país y evitar testigos indeseados de sus crímenes internacionales.

Estamos ante un hito en nuestra jurisprudencia y en la forma de comprender nuestras relaciones internacionales con EE.UU., ya que la ciudadanía y, por ende, el Poder Judicial, a la luz de dicha sentencia, comprenden que la época de servidumbre del mundo “libre y democrático” a EE.UU-Israel (herramienta de las grandes compañías bélicas y energéticas) ha llegado a su fin. La familia no ha parado en su gesta y ha presentado una demanda al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

[1] Véanse los Pactos de Madrid de 1953, sobre la construcción de bases militares norteamericanas en territorio español (Base Aérea de MorónBase Aérea de Zaragoza y Base Aérea de Torrejón de Ardoz Base Naval de Rota) a cambio de 1.500 millones de dólares de la época.

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