El Senado de Colombia aplazó para este martes la votación de las objeciones que el presidente Iván Duque hizo a seis de los 159 artículos que componen la Ley Estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP).
El “debate sobre objeciones de la JEP continuará mañana 30 de abril”, informó el Senado en sus redes sociales luego de que no se pudiera avanzar en la votación porque los congresistas discutieron largas horas sobre los impedimentos de varios legisladores a la hora de votar.
También se debatieron las recusaciones presentadas contra siete senadores, que serán analizadas este martes por la Comisión de Ética, en donde podrán hacer su defensa, según explicó su presidente, el senador Miguel Pinto.
Los congresistas recusados son Álvaro Uribe, Roy Barreras, Iván Cepeda, Fernando Araujo, Laureano Acuña, Ciro Ramírez y el propio presidente del Senado, Ernesto Macías.
Las recusaciones buscan que los legisladores se aparten de las votaciones porque se considera que pueden parcializarse o que han prejuzgado.
A diferencia de ocurrido en la Cámara, donde los representantes votaron en bloque una propuesta que rechazaba las objeciones, el Gobierno pidió que en el Senado se discuta y se vote una por una.
El pasado 8 de abril la Cámara de Representantes rechazó las objeciones que el presidente Duque hizo a seis de los 159 artículos que componen la Ley Estatutaria de la JEP.
Luego de un debate de más de cuatro horas, 110 congresistas votaron a favor de un informe que proponía rechazar las objeciones, mientras que 44 lo hicieron a favor de la propuesta del Gobierno.
El pasado 10 de marzo Duque devolvió al Congreso la Ley Estatutaria de la JEP por considerar que seis de sus artículos no garantizan la aplicación de los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición que forman parte del acuerdo de paz firmado con las FARC en noviembre de 2016.
El Ejecutivo devolvió al Congreso la ley aprobada el año pasado para introducirle unas modificaciones que buscan definir la obligación de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas del conflicto armado y aclarar las competencias de la justicia ordinaria inclusive en los casos de extradición.
Igualmente, pretende garantizar la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra “en relación con quienes no son máximos responsables” para que no haya impunidad; la exclusión “de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes” de la justicia transicional y la pérdida de beneficios de “quien reincida en las actividades criminales”.
Esto ocurrió luego de que la ley fuera aprobada por el Congreso y recibiera el visto bueno de la Corte Constitucional, con lo cual el único trámite que le faltaba era la sanción presidencial.
La JEP es la componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición creado por el acuerdo de paz.
Su principal función es administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.