El nuevo código de conducta de los diputados entra en vigor este martes al aparecer publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, y con él, algunas de sus medidas más importantes, como la obligación de publicar las reuniones con «lobbys» o informar sobre ingresos percibidos antes de llegar al Congreso.
El código de conducta fue acordado por la Mesa en la reunión del pasado 28 de febrero después de que la presidenta de la Cámara, Ana Pastor, lo expusiera al resto de sus integrantes; previamente, lo habló con los portavoces de los grupos parlamentarios.
Se trata de un compromiso de la presidenta, para quien resultaba esencial terminar la legislatura con un código de conducta que se adecuase en la medida de los posible a las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), del Consejo de Europa.
La transparencia es el principio que guía el contenido del Código, cuyas normas son vinculantes.
Las más destacadas son las siguientes:
BIENES, ACTIVIDADES y REGALOS
Los diputados estarán obligados a publicar las donaciones, obsequios o beneficios no remunerados «de cualquier naturaleza» que haya recibido, entre ellos las «invitaciones deportivas o culturales que, por su valor o por cualquier otra circunstancia», puedan derivar en conflicto de intereses. Quedan excluidos los regalos de familiares y amigos.
Queda prohibida la recepción de regalos y obsequios que «puedan ser razonablemente percibidos como un intento de influir en la conducta» como parlamentario.
Si el diputado recibe un obsequio por la representación que ostenta durante un viaje oficial previamente autorizado por la Mesa del Congreso, tendrá que entregarlo a la Secretaría General de la Cámara a su llegada para que formen parte de un inventario, que será a su vez publicado en el Portal de Transparencia.
AGENDA DEL DIPUTADO
El Código aclara que, mientras no se produzca la reforma del reglamento del Congreso que acote qué es un grupo de interés, tendrán consideración de ‘lobby’ «aquellas personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que se comuniquen de forma directa o indirecta con titulares de cargos públicos o electos o personal a su cargo en favor de intereses privados, públicos, particulares o colectivos, intentando modificar o influir» sobre iniciativas legislativas.
VIAJES
Durante la misma, «basarán todas sus conclusiones en sus observaciones personales y en datos o pruebas elocuentes y convincentes».
No podrán percibir gratificación de ninguna clase, sin perjuicio de las dietas correspondientes.
SANCIONES
Si la Mesa conoce que un parlamentario infringe sus obligaciones en misiones de observación electoral o en desplazamientos de representación parlamentaria, podrá privarle de más viajes de estas características durante un máximo de cuatro años.
CONFLICTO DE INTERESES
En caso de duda, apunta el Código, el diputado podrá consultarla con la Mesa, y ésta resolverá con «carácter confidencial».
– Con todo, se creará una Oficina de Conflictos de Intereses, y una vez al año hará un informe sobre el grado de cumplimiento del Código.
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