El trabajo infantil es una grave violación de los derechos humanos y la dignidad de los niños y las niñas que lo sufren; y es tanto causa como consecuencia de pobreza, desigualdad, discriminación, exclusión social y falta de acceso a la educación.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible con su Meta 8.7 tiene por objetivo erradicar el trabajo infantil en todas sus formas para 2025; y el trabajo forzoso, la esclavitud moderna y la trata de personas para 2030.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), define el trabajo infantil como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que perjudica su desarrollo físico y psicológico”
160 millones de niños y niñas se ven obligados a trabajar en todo el mundo para sobrevivir. La pandemia amenaza con ampliar esa cifra otros nueve millones más, hasta finales de 2022. Así lo demuestra el último informe de UNICEF y la OIT, presentado ayer, día 11 de julio, en Madrid. En el acto de presentación han participado representantes del Gobierno, de la Cooperación Española y de ONG de Desarrollo que trabajan con la infancia.
En el encuentro, el Grupo de Infancia de La Coordinadora ha presentado un documento que analiza el papel de la Cooperación Española en la erradicación del trabajo infantil. La conclusión es clara: España debe esforzarse más y garantizar que las declaraciones se concretan en decisiones políticas y legislación.
Artículo 32 de la CDN
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) establece, en su artículo 32, que: es obligación de todos los Estados firmantes proteger a niños y niñas “contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social” así como establecer edades mínimas de admisión al empleo y reglamentar las condiciones del mismo.
La CDN cuenta con Protocolos facultativos que refuerzan las obligaciones contenidas en la Convención, y dos de ellos están vinculados con las “peores formas de trabajo infantil”. El Protocolo facultativo sobre la participación de niños en conflictos armados, y el Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en pornografía
Leyes de obligado cumplimiento para las empresas
Javier Ruíz Gaitán, representante del Grupo Infancia y Cooperación y la Plataforma de Infancia, ha destacado el rol de la Cooperación Española en los esfuerzos por la eliminación del trabajo infantil, ha hecho énfasis en la necesidad de poner en marcha medidas que permitan una efectiva evaluación del trabajo realizado.
Ha incidido en la necesidad de pasar de las palabras a los hechos: “es urgente contar con leyes que garanticen la responsabilidad de las empresas en nuestro país y fuera de nuestras fronteras”. Además, ha recordado que tanto la cooperación financiera como la internacionalización de las empresas deben incluir estándares que garanticen que no se promueve el trabajo infantil.