Hacienda multó al despacho de Begoña Villacís por pagar menos IVA del debido

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Según informa El Confidencial, Iuriscontencia SL, el despacho de abogados familiar de Begoña Villacís y su marido, fue sancionado en 2016 por la Agencia Tributaria por eludir el pago de más 143.000 euros en concepto de IVA que, junto a la sanción, derivó en un pago de más de 200.000 euros, compensado en parte por dos irregularidades tributarias relacionadas con el Impuesto de Sociedades que le salen a devolver. La Agencia Tributaria, como expuso en una consulta vinculante de 2016, considera que este tipo de profesionales deben tributar a través del IRPF y no de Sociedades.

Iuriscontencia pagó 92.948 euros por Sociedades hasta 2017, último ejercicio del que hay cuentas depositadas, cuando por IRPF la cifra habría ascendido por encima del medio millón de euros, dependiendo de las circunstancias personales, familiares y las deducciones de los contribuyentes. Esto es así dado que por Sociedades se tributa a un tipo fijo sobre el beneficio, el 25%, mientras que el IRPF se estructura en tramos, gravando al 45% a partir de los 60.000 euros, una cifra de negocio que supera el despacho de Villacís y su marido, el letrado Antonio Suárez-Valdés, en todos los ejercicios revisados.

Llos registros indican que Villacís vendió su participación como socia de la empresa en 2009, pero no abandonó la dirección. Entre febrero de 2007 y marzo de 2018, la concejal figuró en Iuriscontencia como Administradora Solidaria, a la misma altura de su marido, un cargo con plenos poderes sobre el que también recaen todas las responsabilidades societarias, como es el hacer frente a una multa de Hacienda. Villacís sostiene que desde 2009 no tiene relación alguna con el despacho de su marido

Villacís accedió al ayuntamiento en 2015. El matrimonio afirma que la concejal no ha ejercido sus funciones como administradora desde 2007 y que su vinculación se debe a un error burocrático. La candidata a alcaldía sostiene que en septiembre de 2011 envió al Registro Mercantil su cese como administradora de Iuriscontencia pero que, al no completarse el proceso correctamente, habría permanecido como Administradora Solidaria de la sociedad hasta que ‘El Salto Diario’ descubrió el año pasado su cargo en el despacho y la lista de incompatibilidades que lleva aparejadas.

Suárez-Valdés, por su parte, considera que se trata de un error compartido entre el Registro Mercantil y el matrimonio: «Nosotros lo hicimos mal en su momento porque, debido a la elevada carga de trabajo, no registramos su cese como administradora correctamente», dice, «pero el Registro Mercantil también tiene lo suyo, ya que llevo varios años firmando las cuentas como Administrador Único y no han sido capaces de modificar sus bases de datos».

El hecho de firmar como Administrador Único en una sociedad que no era una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) sorprende a los abogados consultados por este periódico. «Los administradores solidarios, todos, están obligados a firmar las cuentas por ley. De otro modo, sería como poner un velo entre la mercantil y los proveedores, que no tienen toda la información de su cliente y, por lo tanto, no gozan de plenas garantías. Si uno de ellos no ha firmado las cuentas de su empresa, aunque sea por error, no podemos olvidar que es un documento público», explica uno de ellos.

La concejal ha enviado abundante documentación a este periódico y niega en cualquier caso tener nada que ver con Iuriscontencia a partir de 2011. Se desvincula de forma definitiva de la sociedad el 1 de septiembre de 2011 mediante acuerdo de cese de su condición de administradora solidaria. Sin embargo, este acuerdo no se inscribe en el Registro Mercantil hasta el 26 de marzo de 2018, fecha en la que se legitiman notarialmente las firmas de acta de cese y se procede a su registro. En ese momento se hace público el cese, reconociendo el registro como fecha de efectos el 1 de septiembre de 2011.

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