La Iglesia además de dedicarse a la oración, la liturgia, la caridad, la educación y la asistencia médica y social, se vale de su patrimonio para desarrollar una actividad económica generadora de ingresos desconocida para la mayoría. Además, se beneficia de un ventajoso estatus fiscal.
Cada vez que hay una tentativa de limitar, matizar o cuestionar los privilegios de la Iglesia católica aparecen los Acuerdos de 1976-1979 entre España y la Santa Sede. Pero por primera vez, la justicia se ha pronunciado a favor de la recaudación de impuestos municipales a la Iglesia por el hecho de recibir rendimientos económicos de su patrimonio.
Una congregación que tenía alquilado un edificio a un tercero, por el que percibía rendimientos derivados del alquiler, deberá pagar el IBI al Ayuntamiento de Barcelona, según una sentencia judicial.
El fallo ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo, asegura a infoLibre Joan Font, que representa en este caso a la entidad afectada, el Instituto de Religiosas de Nuestra Señora de la Merced de Barcelona. El abogado califica la sentencia de “discordante” con respecto a “múltiples” pronunciamientos judiciales previos.
Tal y como ha comprobado el citado periódico, la Iglesia pone en alquiler inmuebles sin uso religioso ni caritativo por los que no paga el IBI, como viviendas, instalaciones turísticas y locales para todo tipo de negocios. Por tanto, la supresión de la exención del IBI supondría un impacto significativo para la economía de la Iglesia diocesana y el conjunto de entidades religiosas en España.
Incluso el papa Francisco ha afirmado que la Iglesia sólo debería estar exenta del pago de impuestos en casos en los que haya justificación religiosa o caritativa. Además, en la negociación que mantienen abierta el Gobierno y la Conferencia Episcopal, el Ejecutivo sostiene que la Iglesia debe pagar el IBI por aquellos inmuebles desde los que realice una actividad económica como lo es el alquiler a terceros.
22.368 euros de IBI del año 2019
El caso de Barcelona es la “primera” sentencia que obliga a pagar IBI a una entidad religiosa por un inmueble arrendado, aunque podría haber otras sentencias que no se han hecho públicas.
El abogado Joan Font, que ejerce la representación legal del Instituto de Religiosas de Nuestra Señora de la Merced de Barcelona asegura que se ha presentado recurso ante el Tribunal Supremo. “Hay múltiples sentencias en sentido contrario.No cabe otro camino que recurrir. Es una opinión discordante, y cuando uno dicta algo en contra de todo lo anterior, lo mínimo que puede hacer es argumentarlo”, ha señalado Font.
Por su parte, el Arzobispado de Barcelona, a preguntas de infoLibre, ha señalado que no tiene intención de personarse en el caso.