En la primera mitad del año 2020, los accidentes de trabajo causaron 354 muertes, un 21,2% más que en el mismo periodo del año pasado. Entre estos fallecidos se incluyen 13 casos de accidentes mortales por COVID-19, reconocidos como accidente laboral.
Según los datos publicados este lunes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en los meses de abril y mayo, cuando el confinamiento era más severo, la mortalidad laboral se redujo pero en junio repuntó un 30 % en comparación con el mismo mes de 2019.
El mayor repunte de siniestralidad mortal se ha producido en el sector agrario con un repunte de un 109,5%, seguido de industria con un 68,3% y servicios con un 25%. El único sector en el que se ha producido una reducción de accidentes mortales es la construcción, con un descenso del 25%, probablemente debido al parón en su actividad.
Del total de accidentes mortales, se incrementaron en un 27,4% los que se produjeron durante la jornada de trabajo y descendieron en un 1,6% los que se produjeron in itinere o trayectos.
La mayoría de los fallecidos eran asalariados, con un aumento del 27% frente a una bajada de -24,2% en autónomos.
Los hombres concentraron la inmensa mayoría de los accidentes mortales, con 323 fallecidos frente a las 31 mujeres.
Entre quienes fallecieron durante la jornada de trabajo, las causas más habituales fueron muertes naturales, como infartos o derrames, con 106 casos, seguido de quienes quedaron atrapados o aplastados (52) y accidentes de tráfico (48).
En los sectores sanitario y sociosanitario se han registrado 235 partes de accidente de trabajo por covid-19: 221 leves, 1 grave y 13 mortales. Debemos recordar que son considerados como accidentes de trabajo los contagios por covid-19 posteriores al 26 de mayo. El último informe disponible del Instituto de Salud Carlos III sobre incidencia del COVID-19 en personal sanitario, con datos hasta 10 de mayo, registraba 40.957 contagios y 52 defunciones.
CCOO viene denunciando en los últimos meses «el agravamiento de la siniestralidad laboral mortal» incluso a pesar de la menor actividad, lo que en su opinión refleja «el deterioro del sistema preventivo en nuestro país » y una mayor precariedad en el empleo.
Pedro J. Linares, secretario de salud laboral de CCOO, ha indicado que: “En un contexto de pandemia y de frenazo de la actividad económica el conjunto de la siniestralidad debería disminuir en similar medida, pero las muertes en el trabajo continúan aumentando. El nivel de precariedad extendido cada vez en más amplias capas de la población trabajadora empuja a renunciar a derechos y a asumir peores condiciones de seguridad para mantener el empleo. Y eso termina por tener consecuencias trágicas. Es significativo el espectacular aumento de las muertes en el sector agrario, al mismo tiempo que estamos viendo en los medios de comunicación las deficientes condiciones de vida y trabajo que sufren una parte importante de sus trabajadores».
Y ha añadido: “Y la escasa notificación como accidente de trabajo a todos los efectos por COVID-19 para personal de los sectores sanitario y sociosanitario, pone de manifiesto que la vía elegida para reconocer la contingencia profesional en estos casos no ha sido la más adecuada. Desde CCOO venimos insistiendo que los contagios por COVID-19 en estos sectores deberían registrarse como enfermedad profesional, algo que a nuestro juicio ya recoge la legislación española: los coronavirus son agentes incluidos en el RD de Agentes Biológicos y el RD de Enfermedades Profesionales reconoce las patologías causadas por este tipo de agentes. Además, la notificación como enfermedad profesional daría cobertura a las recaídas sin limitación de tiempo, algo circunscrito a 5 años en los accidentes de trabajo. Y el Ministerio de Inclusión social, Seguridad Social y Migraciones podría dar instrucciones a las Mutuas para que en los casos por COVID-19 en estos sectores se cursara el parte de enfermedad profesional de manera automática, tal y como se ha hecho en otros casos. Con ello se evitaría a estas trabajadoras y trabajadores a un periplo de reclamaciones al INSS, cuando no en tribunales, para ver reconocido su derecho”.