El colectivo ambiental considera que el proyecto de la noruega Statkraft y de su filial Desarrollos Renovables Iberia Gamma S.L.U. no es compatible con la protección de uno de los paisajes más singulares de Galicia del que dependen los municipios del entorno debido al comercial y turístico de muchas de sus actividades.

El macizo de Peña Trevinca destaca por la calidad de su entorno natural / Asociación de Defensa Ambiental Salvemos Cabana

El plan de la compañía contempla la instalación de 24 aerogeneradores de 215 metros de altura en punta de pala en plena Serra do Eixe (Ourense) entre las localidades de O Barco de Valdeorras, A Veiga y Carballeda afectando igualmente al entorno del punto culminante del macizo, Peña Trevinca, que con 2.127 metros es la montaña más alta de Galicia.

La zona, explica la asociación, cuenta con la presencia de numerosas especies protegidas como el lobo ibérico (Canis lupus signatus) o el águila real (Aquila chrysaetos), especie incluida  en el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas en la categoría de «en peligro» y a nivel geológico con algunas de las mejores muestras de los antiguos paisajes glaciares de la península, cuyo recuerdo se conserva en lagunas de altura como «A lagoa da serpe» y «O Celo». Además, junto al río San Xil, está el Teixedal de Casaio, que la entidad califica de «auténtica catedral botánica» porque alberga más de 300 árboles de una especie, el tejo (Taxus baccata), que puede llegar a superar los 3.000 años de edad, detallando que en la antigüedad «era considerado como sagrado por los pueblos celtas».

Trevinca cuenta con la presencia, entre otras muchas especies, del águila real (Aquila chrysaetos) / Wikimedia Commons

Por otra parte, destacan que el cielo nocturno, considerado a día de hoy como uno de los peninsulares más oscuros, puede verse directamente perjudicado por la iluminación posicional de los aerogeneradores. En este sentido, Salvemos Cabana recuerda que en A Veiga y ayuntamientos limítrofes ha habido una apuesta decidida por actividades como el astroturismo y las actividades en la naturaleza, que necesitan de unas condiciones ideales para la observación nocturna y una conservación adecuada del entorno.

Para la entidad este hecho hace que el proyecto sea «claramente incompatible» con la «Declaración sobre la Defensa del Cielo Nocturno y el Derecho a la Luz de las Estrellas», más conocida como «Declaración de la Palma», respaldada conjuntamente por organizaciones como la UNESCO, la Organización Mundial del Turismo (OMT), la Unión Astronómica Internacional (IAU), el PNUMA-CMS, y otras como CE, SCDB, CIE, el programa MaB y la Convención Ramsar,  reconociendo la necesidad de proteger la oscuridad del cielo nocturno como un bien para el ser humano y la sociedad ante la pérdida generalizada que a nivel mundial está sucediendo «de un recurso cultural, científico y natural», lo que puede tener «consecuencias imprevisibles».

El texto apuesta por «el derecho a un cielo nocturno no contaminado que permita disfrutar de la contemplación del firmamento» lo que es algo equiparable «al resto de los derechos ambientales, sociales y culturales» reconociendo que «los efectos negativos sobre la calidad atmosférica de los cielos nocturnos en los espacios naturales, causados por el incremento de las emisiones y la intrusión de la luz artificial, afectan gravemente a muchas especies, hábitats y ecosistemas».

El acuerdo también considera que «los ámbitos privilegiados para la observación astronómica constituyen un bien escaso en el planeta, y su conservación representa un esfuerzo mínimo en comparación con los beneficios que aportan al conocimiento y al desarrollo científico y tecnológico«. Por ello «la protección de la calidad de los cielos en estos espacios singulares deberá constituir una prioridad en las políticas medioambientales y científicas de carácter regional, nacional e internacional» y «habrán de extremarse las medidas y disposiciones que permitan proteger tales espacios de los efectos nocivos de la contaminación lumínica, radioeléctrica y atmosférica».

Finalmente, y entre otros muchos impactos ambientales, Salvemos Cabana recuerda que tanto el macizo como su área de influencia está amparado por la Red Natura 2000 y clasificado como Zona de Especial Protección de los Valores Naturales (ZEPVN) con el código «Peña Trevinca 110059» algo que el Decreto 442/1990 considera incompatible con iniciativas industriales «que produzcan una alteración física o una pérdida de valores naturales, culturales, científicos o educativos en los espacios naturales en régimen de protección general incluídos en el Registro General de Espacios Naturales de Galicia».

En definitiva, para la entidad ambiental, «sobran motivos a nivel administrativo» para que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) no autorice el proyecto del parque eólico Prada por los múltiples perjuicios que acarrearía a nivel ambiental y social en las comarcas afectadas.