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Título habilitante expedido por los servicios sociales: medida necesaria para las mujeres que sufren violencia de género

Título habilitante expedido por los servicios sociales: medida necesaria para las mujeres que sufren violencia de género
2019-04-05 09:03:46

EN LA REUNIÓN de la conferencia Sectorial de Igualdad celebrada hoy, una de las medidas ha sido aprobar una nueva forma de acreditar la condición de víctima de violencia de género sin que sea obligatorio interponer denuncia. Se trata de una medida derivada de las obligaciones suscritas por España al ratificar el Convenio de Estambul (Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica), que tiene carácter vinculante para los estados firmantes y que establece, en su artículo 18.4: “La prestación de servicios no debe depender de la voluntad de las víctimas de emprender acciones legales ni de testimoniar contra cualquier autor de delito”, y demandada por la sociedad reiteradamente, que forma parte de las reclamaciones de la Plataforma Estambul Sombra al GREVIO, de la que CCOO forma parte, y del Pacto de Estado en materia de violencia de género.

Constituye también una de las medidas contenidas en el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, que requería de un desarrollo posterior y su homologación a través de la conferencia Sectorial de Igualdad.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género establecía hasta ahora que la condición de víctima se obtenía tras haber denunciado y contar con sentencia condenatoria, con orden de protección o, excepcionalmente, con informe del Ministerio Fiscal.

Con esta nueva medida, se habilita un nuevo modelo de acreditación, común y consensuado, que unifica esta forma de acreditación en todo el territorio, y que debe ser expedido por los servicios sociales territoriales tras informe motivado elaborado por personal experto, como vía para acceder a prestaciones sociolaborales (derechos laborales y de Seguridad Social). Con ello mejora la respuesta institucional, adecuándose a la realidad de las víctimas, muchas de las cuales encuentran obstáculos insalvables de distinto tipo para emitir denuncia y quedaban, por tanto, sin acceso a los derechos sociolaborales reconocidos por la normativa.

Por otro lado, la denuncia policial sigue siendo la única vía para acceder a la protección policial y para iniciar un proceso judicial, aunque con ello se incumple un aspecto recogido en el Convenio de Estambul. Como el Informe Estambul Sombra reclama, la extensión del título acreditativo a los Servicios Sociales se pide no solo a efectos de protección social sino también de seguridad, porque en otros países la orden de protección no es exclusivamente judicial, y porque el artículo 18.3 del Convenio de Estambul establece que "3. Las Partes velarán por que las medidas tomadas conforme al presente capítulo: (…) se concentren en los derechos humanos y la seguridad de la víctima”.

Como señala Elena Blasco Martín: “CCOO espera también de manera inmediata más avances en la lucha contra las violencias machistas, tanto en la prevención como en la asistencia integral y en la protección a las víctimas, recordando la urgencia de acabar la revictimización que se produce a menudo en los procesos de protección y atención a las víctimas. Necesitamos personal experto y recursos económicos suficientes, adaptados a las necesidades de la variedad de situaciones que presentan las mujeres reales y concretas, para que las acciones de prevención, protección y atención, sean acordes a la urgencia y la realidad de cada caso. Ellas, su seguridad, sus derechos y su reparación, deben ser las prioridades”.

Eva Antón (@evaantonfer) es filóloga y forma parte del equipo de la Secretaría Confederal de Mujeres e Igualdad de Comisiones Obreras.

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