El panorama laboral europeo ha experimentado un giro significativo tras la emisión de una directriz por parte del Comité Europeo de Protección de Datos. Esta directriz, que prohíbe el uso de la huella dactilar como método de registro de jornada laboral en empresas, ha desencadenado un cambio de gran alcance en las regulaciones que rigen el control de la presencia en el entorno laboral.
La medida impacta directamente en los sistemas de control biométrico, categorizando el uso de datos biométricos como la huella dactilar o el reconocimiento facial como una categoría especial. Según esta directriz, su aplicación para el fichaje en el trabajo se encuentra prohibida de manera general, a menos que se justifique en situaciones específicas contempladas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
En consonancia con esta normativa europea, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), de acuerdo con la información publicada en el porta Xataka, se ha visto compelida a ajustar sus directrices. Esto implica que cualquier empresa que continúe empleando sistemas biométricos para el registro de jornada laboral, como el escaneo de huella dactilar, podría enfrentarse a sanciones, sin importar su legalidad en la instalación de dichos sistemas.

Esta restricción ha motivado a las empresas a buscar métodos alternativos para el control de acceso que no involucren el uso de datos biométricos. Se hace énfasis en seguir las nuevas pautas establecidas por la Unión Europea, orientadas a salvaguardar la privacidad y los derechos individuales en el ámbito laboral.
El impacto de esta directriz se hace sentir con fuerza, ya que las empresas deben adaptarse rápidamente a nuevas prácticas que no contravengan las regulaciones europeas sobre protección de datos. Este cambio representa no solo un desafío operativo para muchas organizaciones, sino también una oportunidad para explorar e implementar tecnologías alternativas que respeten la privacidad y los derechos de los empleados en el registro de su jornada laboral.
¿Y cómo sería implementar tecnologías alternativas que respeten la privacidad y los derechos de los empleados en el registro de su jornada laboral? Porque se quedará reflejado en algún lado, ¿cierto?