El Tribunal Supremo ha dictaminado que la relación existente entre los repartidores y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral y ha declarado falsos autónomos a los “riders”.
Para el Tribunal, «Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores. Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio. Y es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad. Para ello se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador».
Por su parte, Glovo ha explicado a través de un comunicado que respeta la sentencia del Tribunal Supremo y espera la definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa.
Además, la empresa sostiene que desde siempre ha defendido una legislación a nivel estatal. “El debate en los tribunales se encuentra abierto, ya que hay varias sentencias que validan el modelo, como la última del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TSUE), y otras contrarias, como en España», ha señalado.
Glovo espera así a una regulación por parte del Gobierno y de Europa y pide un diálogo con asociaciones, agentes sociales y el Ministerio porque, según defiende, quiere ser parte activa de la solución.
“La compañía quiere ser parte activa de la solución, manteniendo una posición abierta y de consenso con las asociaciones, agentes sociales y el Ministerio para ser parte de la solución y no del problema”, han explicado.
Este fallo del Supremo marca ahora un antes y un después en la batalla judicial entre las empresas de repartos a domicilio y los trabajadores. Además se ha conocido justo cuando desde el departamento del Gobierno dirigido por Yolanda Díaz pretenden hacer una reforma laboral para proteger laboralmente a los “riders”.
Por su parte, UGT aplaude la sentencia del Supremo y considera que se “acabaría con el abuso laboral y la mercantilización del trabajo” en el sector.
También la plataforma Riders X Derechos ha celebrado que el Supremo les haya dado la razón y piden que la empresa acabe con la falsa autonomía.
Otro caso que está pendiente de que el Supremo lo acepte a trámite es la macrocausa de Seguridad Social contra Deliveroo. En esta causa, Inspección de Trabajo consideró a 512 repartidores como asalariados, pero Deliveroo impugnó el procedimiento. Ahora, al ver el fallo del Supremo con Glovo, se espera una resolución de la misma índole de dicho procedimiento.